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Un usuario le ganó un juicio a Edesur por el apagón de 1999

By 13 mayo, 2019Cortes, fallos

El fallo condenó a la empresa a pagar por los daños y perjuicios creados a una clienta Voceros de Edesur informaron que la sentencia no será apelada Pero que analizarán en particular cada demanda que reciban

Via Clarín

Un fallo del juez Francisco de Asís Soto condenó a la empresa Edesur a pagar 1.900 pesos “más sus intereses y costas” a una usuaria que había iniciado una demanda por daños y perjuicios tras el apagón de febrero de 1999, que perjudicó a unas 600 mil personas. “Lo interesante del fallo es que sienta un precedente y puede motorizar las demandas de los cientos de perjudicados que todavía no hicieron juicio”, dijo el abogado de la demanda, Ernesto Mociulsky.

En esta causa, Mociulsky ofició como abogado de su hija, Dafne, quien el 15 de febrero de 1999, cuando la luz se cortó, vivía en el 8° piso de un edificio de la calle Castelli junto a su pareja, Roberto Rossito, y su bebé, Aarón, de un año de edad. El abogado considera que el de su hija puede considerarse un caso testigo: ya había cobrado el “resarcimiento voluntario” propuesto por Edesur —en su caso fue de $666—, pero igual consideró que debía reclamar por la vía judicial. Tras el apagón, por resoluciones del ENRE, Edesur pagó 75 millones de pesos a 123 mil clientes.

Edesur no apelará

Voceros de la empresa confirmaron a Clarín que no apelarán este fallo, pero que “no es una decisión estratégica: analizaremos cada caso en particular”. En la demanda, Dafne Mociulsky señaló que las molestias causadas por el apagón “con el paso de los días se transformaron en situaciones críticas de todo tipo que provocaron mortificaciones diversas”. Y relató, además, los “problemas de tipo alimenticio, ya que se tornó imposible la conservación de las frutas, verduras, leche, bebidas y comidas de todo tipo, que se perdieron”.

El juez también tuvo en cuenta el problema de la higiene del bebé y los gastos extras a los que se vieron obligados al tener que salir a comer afuera. Y consideró un ingrediente extra: los días laborales perdidos por Rositto. Por todo concepto, la mujer y su familia reclamaron 1.750 pesos más 1.500 por daño moral.

El juez consideró que los importes reclamados “resultan aceptables y no exagerados”, a pesar de que no resultaron probados documentalmente. El fallo, fechado el 24 de junio, señala que “se encuentra demostrado que, a raíz del incumplimiento de la parte accionada (Edesur), debieron asumir un costo mayor durante el tiempo que se vieron privados del suministro de energía eléctrica”.

Este “costo mayor” el juez lo valuó en 1.400 pesos. El daño moral, “representado por las razonables angustias que debieron soportar los actores frente al intempestivo incumplimiento” de Edesur, lo fijó en otros 500 pesos. En su decisión el juez Soto menciona la sentencia que la Cámara Federal en lo Civil y Comercial dictó el 22 de marzo de este año, que determinó la responsabilidad de la empresa Edesur en el histórico apagón de 1999. La causa se había iniciado en marzo del año pasado por iniciativa de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires.

Demandas individuales

En ese fallo, la Cámara habilitó a los clientes que hayan sido víctimas de la falta de energía a presentar individualmente las demandas judiciales que crean justas, sin que se deba volver a analizar si el apagón fue responsabilidad de la compañía.

La Defensoría de la Ciudad informó que, además de los problemas “normales” derivados del apagón, también tendrán que tomarse en cuenta los problemas de salud que ocasionó el apagón. “Los clientes fueron y son muy maltratados por Edesur. Esta es una vía nueva que no debe durar más de un año. Como se está aplicando la Ley de Defensa del Consumidor la Justicia debe considerar estos reclamos como sumarísimos”, dijo el abogado.

Según el especialista, todos los perjudicados están a tiempo de hacer su presentación. “La causa prescribe a los dos años —dijo Mociulsky—, es decir, en febrero del año 2001. Todavía hay tiempo”.

Todavía se puede reclamar

Están en condiciones de hacer el reclamo todos los perjudicados, aun los que ya cobraron el resarcimiento de Edesur y los clientes que no expresaron por escrito su disconformidad con el pedido que hacía la empresa a los clientes de desistir de hacer reclamos judiciales futuros. “Esto quedó claro en una resolución del Ente Regulador”, explicó el abogado.

En el caso de su hija, y en el de muchas de las casi cien demandas que tiene entabladas contra Edesur por el apagón, Mociulsky apeló al beneficio de litigar sin gastos. Esto significa que aquellas personas que documenten sus problemas económicos no deben depositar la tasa de Justicia, que, por ley, asciende al tres por ciento del monto reclamado en la demanda.

“Este problema lo sufrió la clase media que está muy castigada por la crisis. Son barrios de gente de trabajo, que tal vez no quiere iniciar una demanda por 3.000 porque debería pagar 300 pesos y no los tiene. Por eso es importante destacar que se litiga sin gastos”, explicó Mociulsky.

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